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Nueva ley de petróleo y gas: quién podrá explorar y extraer crudo, y qué no cambia

El Decreto-Ley 135 y el Decreto 184 abren la puerta a mipymes y extranjeros, pero el Estado conserva los yacimientos y el control

Carmen Valdés
Nueva ley de petróleo y gas: quién podrá explorar y extraer crudo, y qué no cambia
Imagen ilustrativa, no del hecho noticioso

La Gaceta Oficial Ordinaria 85 publicó el Decreto-Ley 135 y su reglamento, vigentes desde el 19 de octubre. Habilitan a mipymes y extranjeros, pero mantienen propiedad y control estatal y, según 14ymedio, no garantizan más combustible.

Nueva ley de petróleo y gas: quién podrá explorar y extraer crudo, y qué no cambia

En resumen — La Gaceta Oficial Ordinaria 85 publicó el 12 de octubre el Decreto-Ley 135 «De Petróleo y Gas» y su reglamento, el Decreto 184, vigentes desde el 19 de octubre. Abren la exploración y la extracción a mipymes y a inversionistas extranjeros, pero el Estado conserva los yacimientos y la última palabra; según 14ymedio, las normas no garantizan más combustible.

¿Qué establece la nueva norma?

El Decreto-Ley 135 y el Decreto 184 sustituyen la Ley de Minerales Combustibles de 1938 y la Ley 635 de 1959, según OnCuba News, Diario de Cuba y Periódico Cubano. OnCuba recoge que los propios considerandos del decreto-ley llaman «inaplicables» a esas leyes en el contexto actual. Según OnCuba, el decreto-ley se firmó el 3 de septiembre y el reglamento se aprobó el 29.

Cubren toda la cadena, de la exploración a la venta, en tierra y mar, según Periódico Cubano.

¿Quién queda habilitado?

Según OnCuba, el artículo 13 del reglamento permite que las mipymes (micro, pequeñas y medianas empresas privadas), las empresas privadas de más de 100 trabajadores y las cooperativas no agropecuarias participen por sí mismas en la exploración y explotación mediante concesiones. Necesitan el aval del Ministerio de Energía y Minas y la aprobación del Consejo de Ministros.

Periódico Cubano precisa que mencionar a las personas naturales no equivale a un permiso individual para perforar: hay que concurrir mediante esas figuras empresariales. Los extranjeros entran por las modalidades de inversión extranjera.

La concesión dura hasta 30 años prorrogables por diez, según OnCuba. El contrato de producción compartida, usado desde los años 90, llega a 40 años más diez.

¿Qué no cambia?

Los yacimientos siguen siendo propiedad del Estado, según Diario de Cuba. Cualquier título requiere aprobación previa del Consejo de Estado y puede denegarse por seguridad nacional, y OnCuba señala que la norma no detalla los criterios. Las entidades estatales tampoco están obligadas a negociar: es una «facultad discrecional», según OnCuba.

El Estado mantiene prioridad para comprar los volúmenes que necesite para la seguridad energética, dice Diario de Cuba. Y 14ymedio recuerda que el artículo 105 toma el mercado internacional como referencia de precios, sin anunciar precios nuevos ni eliminar la intervención estatal. Cupet (la Unión Cuba-Petróleo, empresa estatal del sector) dijo que pozos, refinerías y grandes instalaciones seguirán bajo control estatal, según OnCuba.

¿Esto toca el bolsillo o los apagones?

Por ahora, no hay evidencia de que sí. 14ymedio señala que las normas no identifican nuevas inversiones ni garantizan más combustible para la población. OnCuba cuenta que Cuba extrae unos 40.000 barriles diarios, alrededor de un tercio de su consumo, y que la producción de crudo cayó de 3,68 millones de toneladas en 2003 a 2,31 millones en 2023, según la ONEI (la oficina oficial de estadísticas) citada en su análisis. OnCuba añade que Sherritt, en el país desde 1992, vio caer su producción desde 2017.

Una parte del cambio ya ocurre en la calle: según 14ymedio, más de cien empresas privadas tenían en julio autorización para vender combustible al por mayor, y por plataformas privadas la gasolina B90 cuesta 3,20 dólares el litro y el diésel 2,40. La nueva norma, añade el medio, permite que las refinerías vendan directamente al público con una autorización cuyo organismo emisor el reglamento no precisa.

¿Y ahora qué?

La norma entra en vigor el 19 de octubre. Falta ver si se convoca alguna licitación, quién se acredita ante la Oficina Nacional de Recursos Minerales, que según Periódico Cubano opina sobre las solicitudes (45 días para emitir el certificado, según OnCuba) y cuándo salen las normas complementarias que Cupet reconoció pendientes. Hasta que haya contratos publicados, esta es una ley, no producción.

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